DESPUÉS DEL FUEGO, EL SILENCIO: LAS PIPAS DE GAS Y LAS CUENTAS PENDIENTES

CINTARAZOS
Por Guillermo Cinta Flores
Martes 6 de octubre de 2026
Hay normas que llegan antes de las tragedias y otras que parecen escritas después de contar muertos y heridos. A partir de este martes 6 de octubre entrará en vigor la NOM-EM-009-ASEA-2026, que endurece las condiciones de seguridad para la distribución de gas LP mediante autotanques y vehículos de reparto. Revisiones diarias, mantenimiento, inspecciones, integridad mecánica, capacitación de operadores y procedimientos para enfrentar emergencias forman parte de una regulación cuya necesidad resulta difícil discutir. El problema es preguntarnos cuántos accidentes fueron necesarios para llegar hasta aquí.
El antecedente nacional resulta estremecedor. El 10 de septiembre de 2025, una pipa cargada con gas LP volcó en las inmediaciones del Puente de la Concordia, en Iztapalapa, Ciudad de México. La fuga generó una enorme nube de combustible que posteriormente se incendió. El saldo final alcanzó 32 personas fallecidas y decenas de lesionados. Las imágenes de personas envueltas por el fuego recorrieron el país y colocaron sobre la mesa una pregunta elemental: ¿en qué condiciones circulan por nuestras ciudades vehículos cargados con miles de litros de material altamente inflamable?
Morelos tuvo después su propia tragedia. El 6 de agosto de 2026, una fuga de gas LP proveniente de una pipa relacionada con Tomza Gas Titanium provocó una deflagración y un incendio en la colonia Las Granjas, al oriente de Cuernavaca. Los primeros balances oficiales hablaron de más de 20 personas lesionadas, decenas de viviendas afectadas y vehículos dañados. Días después falleció Viviana Aguilar como consecuencia de las lesiones, por lo que la Fiscalía de Morelos incorporó el homicidio culposo entre los posibles delitos investigados. Se sabe sobre otra persona fallecida, pero esto no ha sido confirmado por las autoridades.
Y aquí comienza otra historia. Durante los días posteriores al desastre hubo declaraciones, peritajes, recorridos, denuncias y promesas de esclarecimiento. Protección Civil estatal abrió un procedimiento administrativo contra Tomza-Gas Titanium y requirió documentación para revisar las condiciones técnicas y administrativas de la unidad. La Fiscalía acumuló denuncias por lesiones y daños y posteriormente comenzaron los acuerdos reparatorios. El 25 de agosto se informó que ya habían sido concretados los primeros 14 convenios entre afectados y la empresa.
Pero han pasado dos meses y vale preguntar: ¿qué ocurrió con la investigación? ¿Cuál fue finalmente la causa técnica de aquella fuga? ¿Existió una falla mecánica? ¿Hubo negligencia en el mantenimiento? ¿Qué responsabilidad correspondía al operador y cuál a la empresa? ¿En qué terminó el procedimiento administrativo de Protección Civil? ¿Hubo sanciones? ¿Qué ocurrió con la investigación por homicidio culposo? Son preguntas perfectamente legítimas porque el expediente no debería desaparecer de la conversación pública simplemente porque algunas víctimas hayan alcanzado acuerdos para la reparación de sus daños.
Aquí debemos ser especialmente cuidadosos. Sería irresponsable afirmar, sin pruebas, que Tomza consiguió detener el asunto mediante algún entendimiento con la Fiscalía General del Estado. No existen elementos públicos que permitan sostener semejante acusación. Pero precisamente por eso corresponde a las autoridades evitar que nazcan esas sospechas: cuando una investigación de enorme impacto público deja de producir información, el vacío termina llenándose con especulaciones. Transparencia no significa revelar datos que comprometan una carpeta; significa explicar qué puede informarse, qué procedimientos siguen abiertos y qué instituciones deberán resolverlos.
Además, existe una diferencia fundamental que no debemos perder de vista. Una cosa es reparar el daño y otra determinar responsabilidades. Que una empresa indemnice una vivienda, pague gastos médicos o llegue a un acuerdo con una víctima puede resolver una controversia determinada, pero no necesariamente responde la pregunta de fondo sobre las causas de una emergencia ni sobre las medidas adoptadas para impedir que vuelva a ocurrir.
Por eso resulta oportuno que la nueva NOM-EM-009-ASEA-2026 obligue a reforzar mantenimiento, inspecciones, procedimientos de operación y capacitación. Pero ninguna norma sirve demasiado cuando la vigilancia termina relajándose. En Morelos circulan todos los días pipas cargadas con gas LP entre viviendas, escuelas, comercios y avenidas congestionadas. No basta con publicar requisitos en el Diario Oficial: alguien tendrá que comprobar que cada empresa los cumpla y sancionar a quien no lo haga.
Puente de la Concordia y Las Granjas deberían permanecer como recordatorios permanentes de lo que está en juego. La primera tragedia dejó 32 muertos; la segunda dejó una mujer fallecida y quizás otra persona más, numerosos lesionados y familias que vieron dañadas sus casas y su patrimonio. Las nuevas reglas son necesarias, pero llegan acompañadas de una obligación igualmente importante: no permitir que, una vez apagado el fuego y retiradas las cámaras, también se apague la rendición de cuentas.
