Insiste diputado Alfonso Sotelo con iniciativa a favor de víctimas de robo de vehículo
* Como diputados debemos proteger los derechos humanos de las víctimas y evitar la revictimización que se sufre al buscar justicia, señala el legislador.
Al considerar injusto que la víctima de robo de vehículo automotor deba también pagar por la recuperación de sus bienes, el diputado Alfonso de Jesús Sotelo Martínez presentó una iniciativa con la intención de no revictimizar a quien es objeto de este delito, cancelando cualquier tipo de cobro, para lo cual propuso reformar y adicionar las leyes de Víctimas, y General de Hacienda del Estado de Morelos.
El legislador, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Morena, recordó en la pasada sesión ordinaria, que durante su encargo como diputado dentro de la LIV Legislatura (2018-2021), impulsó esta propuesta y no hubo oportunidad de concretarla.
En ese sentido, Sotelo Martínez afirmó que, “como diputados debemos crear reformas que protejan los derechos humanos de las víctimas y evitar la revictimización que sufren”, ya que en muchas ocasiones, además, los servidores y operadores del sistema de procuración e impartición de justicia tienen un trato hostil.
Agregó que aunado a lo anterior deben pagar un monto por arrastre y corralón, lo cual ocasiona que en algunos casos, ciudadanas y ciudadanos se vean orillados a dejar abandonado su auto debido a que “no cuentan con los recursos económicos para salir de lo que se convierte en una auténtica desgracia”.
La iniciativa que retomó el diputado en esta LVI Legislatura, propone cancelar cualquier tipo de cobro por la recuperación de vehículos, al reformar las fracciones VIII y IX, y adicionar la fracción X al artículo 76 de la Ley de Víctimas del Estado de Morelos; de igual manera los artículos 84 Bis-4 y 84 Bis-5 a la Ley General de Hacienda en la entidad, todos con la finalidad de “no revictimizar a las víctimas del delito de robo de vehículo automotor”.
Entre algunas adiciones al artículo 76 de la Ley de Víctimas, establece la devolución a la víctima, de todos los bienes o valores de su propiedad que hayan sido incautados o recuperados por las autoridades, incluyendo sus frutos y accesorios y, si no fuere posible, el pago de su valor actualizado”.