SCJN avala bloque exclusivo para mujeres en 11 municipios de Morelos; “medida radical pero necesaria”, dice la Corte
Ciudad de México, 25 de noviembre de 2025 – En una resolución histórica tomada este martes, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó por unanimidad las reformas electorales de Morelos que establecen un bloque de 11 municipios donde solo mujeres podrán ser candidatas a la presidencia municipal en las elecciones de 2027.
Con ponencia de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, la Corte declaró infundada la acción de inconstitucionalidad 161/2023 promovida por Movimiento Ciudadano y avaló el Decreto 363 y 433, que dividen al estado en tres bloques de competitividad de 11 municipios cada uno:
- Bloque exclusivo para mujeres: Axochiapan, Ayala, Cuautla, Jantetelco, Jojutla, Ocuituco, Tetecala, Tlalnepantla, Tlaquiltenango, Yautepec y Zacualpan de Amilpas (municipios que nunca han tenido presidenta municipal). En este bloque solo podrán registrarse candidatas mujeres, tanto por partidos como de manera independiente.
- Los otros dos bloques mantendrán paridad 50-50, con mecanismos para garantizar que las mujeres no queden relegadas.
Durante la discusión, el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz calificó la medida como “radical pero necesaria” y subrayó que, sin esta intervención, “estos municipios jamás serían gobernados por una mujer”. La ministra Yasmín Esquivel Mossa agregó que los partidos políticos han sido parte del problema al argumentar sistemáticamente “falta de mujeres” en sus filas, pese a los avances en paridad legislativa.
La resolución coincide simbólicamente con el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer y establece un precedente nacional para romper la exclusión histórica de las mujeres en gobiernos municipales.
Además, en la misma sesión la Corte invalidó la figura de “primera minoría” que permitía aumentar el número de diputaciones plurinominales en el Congreso de Morelos. El máximo tribunal del país determinó que la modificación es inconstitucional, por lo que el Poder Legislativo estatal deberá mantener su integración actual y operar bajo las reglas vigentes antes de la reforma. Con esta decisión, la Corte desechó los cambios aprobados por el Congreso local y cerró la puerta a cualquier reconfiguración inmediata del número de representantes.
El fallo es definitivo e inatacable y obliga al Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac) a aplicar las nuevas reglas de paridad sustantiva en el proceso electoral 2025-2026.
