LA CONSTITUCIÓN Y SUS PARCHES
OPINIÓN
Por Carlos Riva Palacio Than
Lunes 11 de septiembre de 2023
Fácilmente identificamos nuestra Constitución como el documento fundacional del nuevo Estado mexicano producto de la revolución iniciada en 1910.
Contiene 136 artículos, pero si agregamos los transitorios de sus reformas nos enfrentamos a una normatividad amplísima, de varias decenas más de artículos. Constitución parchada que sigue siendo nuestra ley fundamental.
En los transitorios encontramos la fecha a partir de la cual los cambios introducidos, reformas o adiciones a los artículos de la Constitución toman vigencia, esto es, empiezan a ser válidos. Algunos tienen conceptos de gran trascendencia para el marco legal, para la elaboración de nuevas leyes o la actualización de las existentes, por ejemplo encontramos en ellos las disposiciones que establecen la forma en que las empresas productivas del Estado (PEMEX y CFE) se conforman, y se obliga al legislador a emitir nuevas leyes o armonizar las existentes.
A pesar de ser una Constitución formalmente rígida, ya que existe un procedimiento especial y diferenciado para reformarla, poco queda de su texto original, solo 18 artículos conservan su redacción original. Su actualización muestra el cambio y evolución de nuestra sociedad durante 106 años, refleja el mosaico social de nuestra nación.
Entre las reformas no siempre realizadas con la mejor técnica legislativa encontramos antinomias, contradicciones que por incompetencia del legislador requieren solucionarse desde el mismo ámbito legislativo o a través de la intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en su función de tribunal constitucional. Algunos parches son mejores que otros.
Un mal parche se presenta en la reforma del artículo 65 que al modificar la fecha de inicio del periodo de sesiones del Congreso amplía la duración del periodo para el cual son electos los diputados y los senadores con un mes, confrontándose con los artículos constitucionales 51 y 56, que los señalan de tres y seis años respectivamente.
También esta reforma producía la existencia de dos legislaturas al mismo tiempo durante el mes de agosto de 2024, interesante cualidad si se viera desde una óptica de la ciencia física, como chiste podríamos imaginar a dos legisladores sentados en la misma curul.
Quizá los diputados federales, senadores, y diputados de las entidades federativas no supieron leer la iniciativa de reforma, el decreto de reforma o la Constitución como un documento unitario.
La aprobó la Cámara de Diputados, el Senado de la República y más de la mitad de los Congresos de las entidades federativas.
En esta ocasión el propio legislativo se corrigió la plana, afortunadamente como sociedad y como personas tenemos los recursos de acción de constitucionalidad y de controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia para superar errores legislativos. Hay quien le corrija la plana al poder legislativo.
La participación ciudadana, de personas y grupos especializados, con experiencia, e interés en los temas a legislar por medio de iniciativa popular, foros de consulta y sesiones de parlamento abierto permite enriquecer las iniciativas de reformas y adiciones a la legislación, y conservar el espíritu de la ley como reflejo del mosaico social.
Este caso es relevante, en menos de un año, el próximo 2 de junio votaremos para elegir el poder legislativo federal y de varias entidades federativas, entre ellas la del estado de Morelos.
Invito a reflexionar sobre las candidaturas y votar identificando las capacidades de quienes sean candidatos, más allá de su popularidad como artistas, deportistas, inclusive futbolistas, que al menos tengan como capacidad la lectura, decían en la primaria de antes de los nuevos libros de texto gratuitos, “lectura de comprensión”; o el conocimiento para parchar bien la Constitución y las leyes.