LA DESTITUCIÓN DE GAMBOA: ENTRE LA POLÍTICA Y LAS LEYES
PERSPECTIVA
Por Marcos Pineda Godoy
Jueves 20 de marzo de 2025
Luis Jorge Gamboa Olea nació el 17 de julio de 1974 en la Ciudad de México, donde realizó sus estudios de primaria. La secundaria ya la concluyó en Nuevo Laredo, Tamaulipas. En 1990 ingresó al bachillerato de la Cristóbal Colón, en Cuernavaca. Inició, en 1993, sus estudios de derecho en el CIES, pero los concluyó en 1998, en el Centro de Estudios Superiores a Distancia, de la Loyola. Cuenta con dos maestrías, una en Política Criminal y otra en Derecho Penal y Criminalística.
En la carrera jurídica viene desde abajo, habiéndose iniciado como auxiliar jurídico en un despacho de abogados, en 1994. El 2 de abril del 2001 comenzó su carrera al interior del Tribunal Superior de Justicia de Morelos, con el nombramiento de secretario de estudio y cuenta. Luego de pasar por varios cargos fue designado magistrado el 5 de junio de 2014, calidad que conserva tras haber sido destituido como presidente del Tribunal, habiéndose sostenido por medio de un amparo para ocupar ese cargo por un segundo periodo.
Las dos partes en conflicto han esgrimido sus argumentos. Por un lado, Gamboa Olea pretende hacer valer el amparo que lo sostuvo en el cargo contra la decisión del pleno del día de ayer para su destitución y consecuente reemplazo. Además, afirma no haberse cumplido con la obtención de una mayoría de 15 votos, dos terceras partes, de quienes componen el pleno.
Por otro lado, para la mayoría de 11 magistradas y magistrados presentes en la sesión de ayer, esa argumentación no es válida, puesto que, como efectivamente lo plantean los artículos 167 y 169 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Gamboa Olea y quienes decidieron abandonar la sesión, lo hicieron sin causa justificada y el pleno está facultado para suplir la falta temporal del presidente por el magistrado que el mismo pleno designe. Además, alegan jurisprudencia en la que el abandono injustificado de la sesión equivale a un voto en abstención, por lo que el quórum seguía siendo válido. Respecto al amparo, mencionan que la suspensión fue sobreseída el primero de febrero del 2024, sentencia en la que la juez que la dictó determinó que la remoción de la presidencia no es susceptible de ser combatida mediante amparo.
Ahora bien, para la destitución del presidente del Tribunal es necesaria la existencia de una causa grave, conforme al artículo 24 de la Ley Orgánica. Y es ahí donde aparecen los señalamientos contra Jorge Gamboa, de al menos 15 magistradas y magistrados, de haber incurrido en irregularidades e incidir en sentencias para favorecer intereses personales o de grupos. Entre éstos, se encuentran los que hizo públicos el magistrado en retiro, Carlos Iván Arenas, sobre indebidas intervenciones, presuntamente instruidas por Ulises Bravo Molina, hermano del entonces gobernador, Cuauhtémoc Blanco. También figuran las acusaciones sobre presuntos actos de acoso sexual y laboral, mismas que fueron motivo para que la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos iniciara un expediente de queja con el número CDHM/1S.1/089/2023-V1, tras lo cual el Tribunal emitió un boletín para acusar al presidente de la CDHM, Raúl Israel Hernández Cruz, de “extralimitarse en sus funciones y de intentar vulnerar la autonomía del Poder Judicial de Morelos, para intimidar la actividad jurisdiccional” y decirse, Gamboa Olea, víctima de una campaña en su contra.
Y PARA INICIADOS:
La destitución de Gamboa y el nombramiento en su lugar de Juan Gabriel Vargas Téllez son, jurídicamente, hechos consumados. Los otros dos poderes, Ejecutivo y Legislativo, ya han sido informados oficialmente al respecto, como consta en los oficios respectivos, con sellos oficiales y demás formalidades. Además, ya fue publicada la Circular 02/2025 en el Boletín Judicial del Poder Judicial del Estado de Morelos, informando al respecto. Ahora, en la parte política, lo que está a debate es la estabilidad y la gobernabilidad de uno de los poderes públicos en la entidad, para lo cual, los otros poderes deben tomar en consideración no sólo los argumentos o los litigios, sino también que el regreso de Gamboa Olea a la presidencia, habiendo sido identificado, encima, como aliado y protector de los intereses de Cuauhtémoc Blanco Bravo, en nada contribuiría a dar salida a la crisis que enfrenta hoy el Tribunal.
Para acabarla… la irrupción de elementos de la Fiscalía Anticorrupción, ya sabemos que la solicitó Gamboa y que, curiosamente, se ejecutó inmediatamente, pero, además, ¿de quién habrá sido la fantástica idea de cortar la luz y comunicar una falsa alarma de amenaza de bomba? Todo eso no hizo más que volver a este episodio todavía más escandaloso.
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