La Suprema Corte ordena liberar a implicada en el caso Wallace y pone en jaque las demás acusaciones
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó este 11 de junio de 2025 la liberación inmediata de Juana Hilda González Lomelí, sentenciada a 78 años de prisión por el secuestro de Hugo Alberto Wallace Miranda en 2005. La decisión, respaldada por cuatro votos a favor y uno en contra, se fundamentó en graves violaciones al debido proceso, incluyendo confesiones obtenidas bajo tortura y pruebas derivadas de cateos ilícitos. El fallo, liderado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, no se pronunció sobre la inocencia o culpabilidad de González Lomelí, pero invalidó las pruebas clave del caso, debilitando significativamente la acusación contra ella tras 19 años y cinco meses en prisión.
El Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP) celebró la resolución, destacando su relevancia no solo para González Lomelí, sino para el sistema de justicia penal mexicano. El organismo señaló que el fallo evidencia problemas estructurales, como la obtención de pruebas mediante tortura, violaciones al derecho de defensa y el uso de estereotipos de género en la valoración judicial. Estas irregularidades, según el IFDP, son comunes en el sistema penal tradicional y afectan a miles de personas procesadas en el ámbito federal, lo que convierte esta decisión en un precedente crucial para la justicia en México.
La resolución también podría impactar a los demás acusados en el caso Wallace: César Freyre Morales, Albert Castillo Cruz, Tony Castillo Cruz, Brenda Quevedo Cruz y Jacobo Tagle Dobín. El IFDP argumenta que las acusaciones contra ellos se sustentan en las mismas pruebas declaradas nulas por la SCJN, como las confesiones de González Lomelí y los cateos de 2006. En consecuencia, el organismo sostiene que estas pruebas deben excluirse de inmediato, lo que podría derivar en la liberación de los coprocesados, cuyos amparos estaban suspendidos o siguen en trámite.
Brenda Quevedo Cruz, actualmente en prisión domiciliaria, y Jacobo Tagle Dobín, aún sin sentencia, son casos destacados. Quevedo, reconocida como víctima de tortura sexual por la CNDH y la ONU, podría beneficiarse directamente de este fallo, ya que las pruebas en su contra provienen de los mismos cateos invalidados. Tagle, por su parte, enfrenta cargos basados en las mismas pruebas ilícitas, lo que podría llevar a la desestimación de su caso.
La decisión de la Corte ha sido aplaudida por organismos como la ONU, que destacó su defensa del debido proceso y la prohibición de la tortura.
El caso Wallace, que marcó un hito por su impacto mediático y la lucha de la activista Isabel Miranda de Wallace, enfrenta ahora un punto de inflexión. La invalidación de las pruebas principales sugiere que el caso podría desmoronarse, al menos en su forma actual, al carecer de elementos probatorios lícitos.
Sin embargo, la posibilidad de que la Fiscalía General de la República presente nuevas pruebas o reformule las acusaciones sigue abierta, aunque parece remota dado el tiempo transcurrido y las irregularidades señaladas. Este fallo no solo reivindica los derechos de los acusados, sino que pone en el centro del debate las fallas del sistema penal mexicano.