LOS PRESUPUESTÍVOROS
CINTARAZOS
Por Guillermo Cinta Flores
Miércoles 27 de diciembre de 2023
Los animales carnívoros son aquellos que se alimentan de la carne de otros animales, verbigracia el perro, el león y la serpiente; obtienen los nutrientes de una dieta que puede estar basada total o parcialmente en el consumo de carne.
Los animales herbívoros son aquellos cuya base alimenticia está compuesta de vegetales, por ejemplo las vacas, el bisonte, la jirafa, el búfalo, las orugas, los pulgones, las aves, los orangutanes y los pericos.
Los animales insectívoros se alimentan de insectos y entre ellos tenemos al oso hormiguero, las mangostas, el murciélago, el armadillo, los mapaches y los erizos comunes.
Y los animales omnívoros son los que se alimentan de animales y vegetales, es decir, comen todo tipo de materia orgánica. Dos ejemplos son el cerdo y el avestruz.
Pero a todos los anteriores se suman los presupuestívoros. Son las mujeres y hombres que cada tres y seis años son capaces de arrastrarse de manera indigna para cumplir la máxima acuñada por el filósofo y periodista veracruzano Héctor “El Tlacuache” Garizurieta, en el sentido de que “vivir fuera del presupuesto es vivir en el error… a mí pónganme donde hay”. Es decir, de alguna forma u otra siempre han estado incrustados en el presupuesto público, muchas veces sin trabajar.
¿A qué se debe el ansia por ocupar un cargo público? Debo aclarar que no se trata de cualquier cargo, sino uno donde el sujeto pueda resolver su problemática patrimonial y la de la mayor parte de su parentela. Ningún miembro de nuestra sociedad ignora la existencia de remuneraciones excesivas y oprobiosas en todos los ámbitos de la vida pública.
Hay casos, de suyo ofensivos para los ciudadanos comunes, en que los agraciados con algún nombramiento perciben remuneraciones a veces mayor a la del mismísimo gobernador del Estado. Entre ellos tenemos a los regidores municipales. Muchos de ellos se embolsan mes a mes alrededor de 100 mil pesos. Esta grave situación se traduce en una sangría presupuestal al erario, por lo que sería necesario poner un límite que equilibre tal desproporción y termine con el derroche vergonzoso de los recursos públicos. Empero, nunca se ha avanzado en tal regulación.
Un ámbito desde el que pudieran limitarse los salarios de servidores públicos es el Congreso del estado. Infortunadamente, es ahí precisamente donde los ínclitos diputados locales gozan de la única arcadia financiera existente en Morelos. Es decir, su propio ámbito, donde abundan los recursos y los integrantes hablan el lenguaje de madriguera embolsándose mes a mes poco más de 130 mil pesos, libres de polvo y paja, sin ser fiscalizados por nadie. Para comprobar lo anterior, recorra el estacionamiento del Congreso y podrá observar infinidad de camionetas machuchonas, último modelo, lujosas hasta más no poder. Por eso el Congreso nunca le entra al análisis sobre una necesaria regulación de salarios de servidores públicos.
En el caso de los cabildos municipales actúan amparados por el artículo 115 constitucional. Empero, de conformidad con el artículo 127 de la Constitución Federal, las remuneraciones que reciban los servidores públicos serán anuales, adecuadas, irrenunciables y equitativas, y según reza el artículo 126 constitucional no podrá hacerse pago alguno que no esté comprometido en el Presupuesto o ley posterior. Sin embargo, las características que privan en las remuneraciones de los servidores públicos de alto nivel son parcialmente ilegales, porque una parte de ellas no están contempladas en el Presupuesto ni en una ley posterior como lo señala el artículo 126 constitucional.
Son aún más inequitativas si se considera que estas remuneraciones incrementan la opulencia en algunos servidores públicos y la pobreza de miles de mexicanos, contrariando con ello la naturaleza de quienes poseen la investidura de servir al pueblo y no servirse de él.