¿ÚLTIMOS DÍAS DEL ACTUAL PODER JUDICIAL DE MORELOS?
CINTARAZOS
Por Guillermo Cinta Flores
Miércoles 19 de junio de 2024
Frente a la realidad representada por las pretendidas reformas constitucionales al Poder Judicial federal y a los poderes judiciales de los estados, no quiero sonar exagerado si vaticino la probable desaparición de los tribunales Superior de Justicia, de Justicia Administrativa y Electoral de Morelos, tal como los hemos conocido hasta ahora. Es decir: todo el Poder Judicial morelense en su conjunto. Le explico, amable lector.
Es evidente que el Plan C del presidente Andrés Manuel López Obrador, cuyo objetivo es reformar de manera estructural gran parte del estado mexicano, pasará por el Congreso de la Unión sin que le sea movida una coma, esto gracias a la mayoría calificada conseguida en las cámaras de Senadores y Diputados por Morena y sus aliados. Bueno, en el caso del Senado, solo les faltarían dos votos y podrán reformar la Carta Magna a sus anchas. Lo mismo conseguirán en las legislaturas donde, como es el caso de la morelense, también tendrán la mayoría calificada.
El decreto presidencial que contiene la iniciativa de reformas constitucionales al Poder Judicial federal y los poderes judiciales de los estados contempla, en varios artículos transitorios, el inicio de los procesos legislativos en cada una de las entidades federativas, una vez aprobadas las modificaciones en el Congreso de la Unión. Esto, señoras y señores, podría quedar finiquitado a vertiginosa velocidad entre septiembre de este año y marzo de 2025. A López Obrador y a la presidenta electa, Claudia Sheinbaum, les urge que así sea. Me parece que las reformas a nivel local comenzarían a ventilarse entre octubre y noviembre.
EL PLAN C PARA LAS ENTIDADES FEDERATIVAS
A estas alturas de la etapa postelectoral hasta un niño de sexto grado conoce el contenido del decreto obradorista. Y si no es así, los invito, gentiles lectores, a leer lo siguiente.
El Plan C para el Poder Judicial contiene importantes cambios, entre los que se encuentran desaparecer el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) y fragmentar sus funciones, que pasarían a un “Tribunal de Disciplina Judicial” con enormes poderes y escasos controles, así como a un “órgano de administración judicial”. Asimismo, propone cambios en la estructura y organización de la Suprema Corte, tales como acortar el periodo de los encargos de ministras y ministros de quince a doce años, reducir el tamaño del Pleno, que pasaría de quince a doce integrantes, así como eliminar el funcionamiento en salas.
Hay, además, propuestas que buscan reducir el poder de la Corte, como prohibir la suspensión de normas generales en acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales, o bien prohibir que tengan efectos generales las suspensiones o las sentencias dictadas en juicios de amparo en los que se plantee la inconstitucionalidad de normas generales.
En todo el Plan C permea la supuesta necesidad de realizar una purga de todos los poderes judiciales, incluido el de Morelos, y de establecer un sistema de voto directo para los titulares de los órganos de la judicatura. Según la iniciativa obradorista, la elección popular de jueces es necesaria para que “sus integrantes sean responsables de las decisiones que adopten frente a la sociedad” y para que representen “la pluralidad cultural, social e ideológica que conforman la nación”. En vez de ser propuestos por el Poder Ejecutivo y nombrados por diputados y senadores en los Congresos, serán electos de manera directa por el pueblo, porque sólo el pueblo puede salvar al pueblo (dice AMLO).
La propuesta presidencial no sólo contempla la elección directa de ministras y ministros, sino también de las personas titulares de los juzgados de distrito, los tribunales colegiados de circuito, las salas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) e, incluso, los tribunales y juzgados de las entidades federativas.
Asimismo, en caso de ser aprobada (así sucederá), la iniciativa de López Obrador significaría la transformación más profunda de la forma en que se elige a los principales cargos de prácticamente todos los poderes judiciales del país. La iniciativa presidencial propone reformar el artículo 116 de la Constitución, de tal suerte que establezca lo siguiente:
“La independencia de los magistrados y jueces en el ejercicio de sus funciones deberá estar garantizada por las Constituciones y las Leyes Orgánicas de los Estados, las cuales establecerán las condiciones para su elección por voto directo y secreto de la ciudadanía; la creación de un Tribunal de Disciplina Judicial y de un órgano de administración judicial con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones, conforme a las bases establecidas en esta Constitución para el Poder Judicial de la Federación; así como del ingreso, formación y permanencia de quienes sirvan a los Poderes Judiciales de los Estados”.
“Los Magistrados integrantes de los Poderes Judiciales Locales, deberán reunir los requisitos señalados por las fracciones I a V del artículo 95 de esta Constitución. No podrán ser Magistrados las personas que hayan ocupado el cargo de Secretario o su equivalente, Procurador de Justicia o Diputado Local, en sus respectivos Estados, durante el año previo al día de la elección. Las propuestas de candidaturas y la elección de los magistrados y jueces integrantes de los Poderes Judiciales Locales se realizarán conforme a las bases que establece esta Constitución para el Poder Judicial de la Federación y en los términos y modalidades que establezcan las Constituciones locales respectivas, garantizando mecanismos transparentes y paritarios de elección”.
“Las candidaturas se harán preferentemente entre aquellas personas que hayan prestado sus servicios con eficiencia y probidad en la administración de justicia o que lo merezcan por su honorabilidad, competencia y antecedentes en otras ramas de la profesión jurídica”.
Esta serie de cambios a nivel estatal están contemplados en los artículos segundo, cuarto y octavo transitorios del decreto obradorista. El artículo cuarto transitorio pretende regular la destitución de las y los actuales magistrados de las salas del TEPJF:
“Las Magistradas y Magistrados de la Sala Superior y salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que se encuentren en funciones a la entrada en vigor del presente Decreto, concluirán su encargo cuando tomen protesta las personas servidoras públicas que emanen de la elección extraordinaria que se celebre para tal efecto conforme al artículo Segundo transitorio del presente Decreto”.
La propuesta incluye un artículo octavo transitorio en los siguientes términos:
“El Congreso de la Unión y las Legislaturas de las entidades federativas tendrán un plazo de ciento ochenta días naturales (seis meses) a partir de la entrada en vigor del presente Decreto para realizar las adecuaciones a las leyes federales y constituciones locales que correspondan para dar cumplimiento al mismo. Entre tanto, se aplicarán en lo conducente de manera directa las disposiciones constitucionales en la materia”.
Así o más claro.
Conclusión: a los tribunales integrantes del Poder Judicial de Morelos les queda poco tiempo de vida. Causan risa quienes, de manera obcecada, anhelaban alcanzar algunas de las magistraturas otorgadas (dícese que a muy alto precio) por el Congreso local, pues, según se aprecia, las reformas obradoristas, mismas que hizo suyas Claudia Sheinbaum Pardo, barrerán con ellas y ellos. Estaremos atentos al desarrollo de los acontecimientos y aquí lo comentaremos.