USOS Y COSTUMBRES: ENTRE LA TRADICIÓN Y EL ABUSO
ANÁLISIS
Por Arturo Buendía
Viernes 10 de octubre de 2025
Los “usos y costumbres” representan un pilar del reconocimiento constitucional a la diversidad cultural de México, consagrado en el artículo 2° de la Carta Magna, que define a la nación como pluricultural y sustentada en sus pueblos indígenas originarios. Este marco legal permite a las comunidades indígenas, como la de Ocotepec en Cuernavaca, ejercer su autodeterminación mediante sistemas normativos ancestrales para la elección de autoridades y la resolución de conflictos internos. No se trata de un relicto folclórico, sino de un derecho colectivo que fortalece la cohesión social y preserva identidades milenarias, siempre en armonía con el Estado mexicano.
En el día a día de localidades como Ocotepec, los usos y costumbres se manifiestan en asambleas comunitarias donde se designan líderes, como los ronderos encargados de la vigilancia y el mantenimiento del orden local, sin la intervención de partidos políticos y otras autoridades “externas”. Este sistema fomenta la participación directa de los habitantes, evitando la corrupción electoral y promoviendo valores colectivos como la solidaridad y el respeto mutuo.
Históricamente, ha sido una herramienta de empoderamiento para comunidades marginadas, permitiéndoles autogobernarse en temas como la distribución de recursos comunales o la mediación de disputas familiares, siempre bajo el amparo de la Constitución. El origen de estos usos se remonta a las prácticas prehispánicas adaptadas al contexto colonial y posrevolucionario, evolucionando hasta su formalización en 1992 con las reformas constitucionales que reconocieron la multiculturalidad.
En Morelos, comunidades nahua como Ocotepec han utilizado este régimen para defender sus tierras y tradiciones, convirtiéndolo en un escudo contra la imposición de modelos externos. Su esencia radica en la democracia participativa, donde las decisiones se toman por consenso y no por imposición, contribuyendo a la paz social cuando se aplica con equidad.
Sin embargo, los usos y costumbres no son un cheque en blanco para la impunidad ni un territorio extraterritorial ajeno al Estado de derecho. La propia Constitución establece que estos sistemas deben respetar los derechos humanos universales y no pueden vulnerar garantías individuales, como la vida, la integridad o la igualdad ante la ley. Cuando se invocan para encubrir delitos graves, como homicidios o narcotráfico, se pervierte su espíritu original, transformándose en abusos que el Tribunal Electoral ha calificado como contrarios a la democracia participativa.
Recientemente, en la madrugada del jueves 9 de octubre de 2025, un claro ejemplo de esta distorsión ocurrió en Ocotepec, donde ronderos protagonizaron un enfrentamiento con policías estatales para facilitar la evasión de un hombre presuntamente armado y ligado a actividades delictivas. El titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) de Morelos, Miguel Ángel Urrutia Lozano, denunció públicamente el incidente, revelando quizás su desconocimiento previo de la “condición independiente” de la comunidad, pero confirmando que se investiga si la ronda protege a criminales que se refugian allí. Este suceso no es aislado; evoca eventos pasados, como el tiroteo de 2004 contra policías metropolitanos, donde se priorizó la lealtad local sobre la legalidad.
En última instancia, los usos y costumbres deben ser un puente hacia la justicia inclusiva, no una excusa para la omisión de autoridades federales, estatales o locales que, por temor o negligencia, cierran los ojos ante violaciones flagrantes. Reformas recientes, como la avalada en 2024 por el Senado, subrayan que ninguna tradición puede estar por encima de los derechos de menores o grupos vulnerables, exigiendo un equilibrio que honre el pasado sin hipotecar el futuro. Solo así, Ocotepec y similares podrán transitar de la ínsula de abusos a un modelo de gobernanza responsable, donde la costumbre eleve, no pisotee, el estado de derecho.