GRÚAS Y CORRALONES: ¿QUIÉN LE PONE FRENO AL ABUSO?

CINTARAZOS
Por Guillermo Cinta Flores
Lunes 26 de noviembre de 2026
En Morelos, caer en un corralón puede convertirse en una pesadilla económica para cualquier transportista. La denuncia formulada el viernes de la semana pasada por la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (CANACAR), delegación Morelos, sobre cobros que presuntamente alcanzan los 120 mil pesos por servicios de grúas y resguardo vehicular, merece algo más que una declaración oficial o la promesa de instalar mesas de diálogo. Su representante, Andrea Gaona Mendoza, señaló particularmente a Xoxocotla, Jojutla y Xochitepec como municipios donde se han presentado inconformidades por estas prácticas. Estamos hablando de cantidades capaces de comprometer seriamente las finanzas de un pequeño empresario o de un transportista independiente. Y aunque todavía falta revisar los expedientes para determinar la legalidad de cada cobro, resulta indispensable preguntarse quién autoriza esas cantidades, quién vigila a los prestadores del servicio y qué hacen las autoridades para evitar posibles abusos.
El problema tiene varias aristas. Los transportistas denuncian que algunas unidades son detenidas por infracciones discutibles, entre ellas el presunto desconocimiento de licencias digitales, y posteriormente enviadas a depósitos donde comienzan a acumularse cargos por arrastre, maniobras y almacenamiento. Conviene establecer una diferencia fundamental: una cosa es la multa de tránsito, otra el servicio de grúa y otra muy distinta el cobro por permanecer en un corralón. Cada concepto debe tener fundamento legal, una tarifa aplicable y documentación que permita comprobarlo. Una infracción no puede convertirse automáticamente en autorización para imponer cualquier cantidad al propietario de un vehículo. Tampoco puede darse por hecho que todos los cobros denunciados sean ilegales; precisamente por eso se necesita revisar las boletas, órdenes de remisión, facturas y tabuladores utilizados.
Aquí aparece la responsabilidad de los ayuntamientos. Los gobiernos municipales tienen facultades en materia de tránsito dentro de sus respectivas jurisdicciones, pero también la obligación de garantizar que sus agentes actúen conforme a la ley. Si una patrulla ordena retirar un vehículo, debe existir una causa expresamente prevista en la normativa correspondiente. Si interviene una empresa particular de grúas, es necesario conocer bajo qué autorización opera, cuáles son sus tarifas y qué mecanismos de supervisión existen. Los presidentes municipales de Xoxocotla, Jojutla y Xochitepec tendrían que explicar públicamente cuántas unidades de carga han sido remitidas a depósitos, qué empresas prestan esos servicios y cuántas inconformidades han recibido. La autoridad no puede desentenderse de las consecuencias de una remisión que ella misma ordenó.
Pero sería un error pensar que toda la responsabilidad corresponde a los municipios. En las carreteras y servicios de jurisdicción federal interviene la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, cuyo reglamento establece obligaciones para los prestadores de arrastre, salvamento y depósito, así como procedimientos para reclamar cobros excesivos. El Gobierno de Morelos, por su parte, tiene pendiente fortalecer la regulación estatal y la coordinación con los ayuntamientos. La gobernadora Margarita González Saravia anunció anteriormente una propuesta para ordenar este sector, revisar tarifas y analizar la creación de depósitos públicos. La pregunta es qué avances concretos existen. Porque las reuniones y los anuncios pueden ser útiles, pero mientras no se traduzcan en reglas claras, padrones públicos, tarifas verificables y mecanismos efectivos de reclamación, las controversias seguirán apareciendo.
También corresponde a CANACAR respaldar sus denuncias con documentos. Si existen facturas por 120 mil pesos, deben examinarse para conocer cuántos kilómetros recorrió la grúa, qué maniobras realizó, cuántos días permaneció el vehículo en depósito y qué cantidades correspondieron a multas. No es lo mismo un arrastre ordinario que una operación compleja de salvamento de una unidad pesada, y tampoco todas las tarifas se rigen por la misma autoridad. Esa revisión permitiría identificar cobros justificados, errores administrativos y posibles irregularidades. De confirmarse exigencias superiores a las tarifas autorizadas, remisiones sin fundamento o acuerdos indebidos entre funcionarios y prestadores particulares, correspondería iniciar los procedimientos administrativos y, cuando existan elementos suficientes, las investigaciones penales respectivas. La denuncia pública debe convertirse en una investigación documentada, no quedarse en un intercambio de acusaciones.
El conflicto adquiere mayor relevancia porque los transportistas anunciaron un paro a partir de este lunes 26 de octubre, en el contexto de una movilización nacional que también reclama mayor seguridad en las carreteras. Morelos atraviesa dificultades relacionadas con la delincuencia, la extorsión y los costos de operación del transporte de carga. En esas condiciones, las controversias por grúas y corralones añaden incertidumbre a una actividad indispensable para el abastecimiento de mercancías y el funcionamiento de numerosas empresas. El transportista debe cumplir la ley, desde luego, pero también tiene derecho a que las autoridades respeten los procedimientos y a que los servicios que recibe se cobren conforme a tarifas legalmente aplicables. La seguridad vial y la disciplina administrativa no deben confundirse con la posibilidad de imponer cargas económicas arbitrarias.
Después de tantos años de observar el funcionamiento de las instituciones en Morelos, considero que este asunto requiere una respuesta concreta y verificable. Los ayuntamientos señalados deberían transparentar sus convenios con empresas de grúas y depósitos; el Gobierno estatal, informar sobre el avance de la regulación prometida; y las autoridades federales, atender las quejas correspondientes a su jurisdicción. También es indispensable que los transportistas dispongan de procedimientos accesibles para impugnar multas, remisiones y cobros que consideren indebidos. No se trata de otorgar privilegios a un sector ni de impedir que se sancionen infracciones reales. Se trata de garantizar que la ley se aplique con claridad y sin discrecionalidad. Porque si un conductor comete una infracción, debe responder por ella; pero si alguien pretende convertir esa infracción en una cuenta injustificada de 120 mil pesos, también debe rendir cuentas. En Morelos, las grúas deben servir para retirar vehículos cuando la ley lo permita, no para arrastrar a sus propietarios hacia una ruina económica.
