CUAUTLA: SALARIOS CONGELADOS, PROMESAS INCUMPLIDAS Y DERECHOS PISOTEADOS

GRACIAS A DIOS ¡ES VIERNES!
Por Eduardo A. Cinta Flores
Viernes 23 de octubre de 2026
Cuautla, igual o peor que Cuernavaca, padece la falta de incrementos salariales, no solo entre sus policías, sino también entre sus trabajadores activos, jubilados y pensionados. La crisis salarial y de prestaciones en los ayuntamientos de Morelos ha alcanzado niveles críticos, provocando un deterioro operativo e institucional derivado de deudas históricas por laudos laborales, restricciones presupuestales y una profunda disparidad en las condiciones de trabajo.
La falta de homologación de sueldos ha desatado una ola de protestas y paros laborales entre los policías municipales. Elementos de Cuernavaca, Jiutepec, Xochitepec, Totolapan y Temixco han suspendido actividades, de manera parcial o total, para exigir que sus ingresos netos mensuales se homologuen a 17,701.95 pesos, conforme a la referencia salarial establecida por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
En el caso de Cuautla, la situación es todavía más crítica. El municipio arrastra un rezago histórico en numerosas obligaciones incumplidas por administraciones municipales señaladas por corrupción. Al igual que Cuernavaca, Cuautla padece desde hace 11 años un atraso en la regularización de las percepciones de su base trabajadora, cuyos integrantes aseguran haber transcurrido todo ese tiempo sin recibir los incrementos salariales correspondientes. A ello se suma el manejo irregular de los pagos de quincenas y aguinaldos durante algunas administraciones.
Las autoridades municipales aseguran haber incrementado los salarios de los policías, elevando sus percepciones netas mensuales de poco más de 10 mil a 15 mil pesos, lo que representaría un aumento del 50 por ciento. Sin embargo, aun suponiendo que dicho incremento se hubiera aplicado, sus ingresos continuarían por debajo de la referencia de 17,701.95 pesos mensuales. También se anunció un ajuste salarial para jubilados y pensionados, quienes acumulaban 11 años de abandono institucional, sin actualización alguna de sus percepciones y con pagos pendientes por cubrir.
¿Por qué decimos que se trata de meras suposiciones? A principios de febrero de este año, mediante un video, el entonces tesorero municipal, Jonathan Salinas, aseguró ante los medios de comunicación que los aumentos salariales ya habían sido implementados. En aquella ocasión se anunció un incremento del 50 por ciento para los elementos policiales y del 27 por ciento para el resto del personal activo y jubilado. Sin embargo, hasta la fecha, los trabajadores aseguran que dichos incrementos no se han reflejado en sus percepciones económicas.
Pese a los compromisos públicos asumidos por la administración municipal, el gobierno encabezado por Salvador Molina Martínez continúa sin aplicar, de acuerdo con los trabajadores, los ajustes salariales prometidos a la plantilla laboral. Los inconformes denuncian un rezago acumulado de 22 meses en el cumplimiento de estas obligaciones para el personal activo y jubilado.
Cabe señalar que retener pagos devengados, acordados o legalmente comprometidos puede constituir una irregularidad administrativa y financiera, pues vulnera derechos laborales y contraviene las disposiciones que regulan el ejercicio presupuestal. Si la decisión de suspender un incremento salarial proviene de una autoridad municipal, sin fundamento legal ni justificación suficiente, podría configurarse un ejercicio indebido de sus atribuciones.
Respecto de los incrementos no aplicados a jubilados y pensionados, los ayuntamientos y sus funcionarios podrían incurrir en responsabilidades administrativas y laborales, e incluso penales, cuando se acrediten conductas que constituyan delitos, particularmente si existe incumplimiento de mandatos legalmente exigibles del Congreso del Estado. Los decretos de pensión establecen, conforme al régimen jurídico aplicable, disposiciones como la siguiente: “La pensión concedida deberá incrementarse de acuerdo con el aumento porcentual al salario mínimo general del área correspondiente al Estado de Morelos, integrándose por el salario, las prestaciones, las asignaciones y el aguinaldo, de conformidad con lo establecido por el artículo 66 de la Ley del Servicio Civil del Estado”.
¿Por qué los trabajadores activos, jubilados y pensionados de los municipios de Morelos no recurren a los tribunales para exigir la regularización de sus derechos salariales? Porque, según denuncian, sobre ellos pesa la amenaza de que, si proceden legalmente contra el municipio, se les suspenderá de inmediato el pago correspondiente al periodo en curso.
Los trabajadores jubilados mediante decretos del Congreso del Estado han acudido ante los legisladores en busca de protección, con la esperanza de que hagan valer los mandatos que las autoridades municipales recibieron mediante los respectivos decretos de pensión. Sin embargo, aseguran no haber encontrado respaldo.
Legalmente, los trabajadores de los municipios de Morelos tienen derecho a un régimen de jubilaciones y pensiones, conforme a las disposiciones que les resulten aplicables. Este derecho encuentra sustento en el marco constitucional y laboral mexicano, particularmente en el artículo 115, fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que las relaciones de trabajo entre los municipios y sus trabajadores se regirán por las leyes que expidan las legislaturas estatales, con base en lo dispuesto por el artículo 123 constitucional. En Morelos, estas relaciones se encuentran reguladas por la Ley del Servicio Civil del Estado y demás disposiciones aplicables.
Amigos, la semana tiene siete días y ¡gracias a Dios es viernes!
